Publicado el 9/10/2026 · Actualizado el 22/10/2026
Cambiar de programa de facturación da más miedo del que debería. Lo que de verdad importa es poco: no perder el histórico que estás obligado a conservar, no romper la numeración correlativa de tus facturas y, si ya usas un sistema adaptado a Verifactu, entender que el programa nuevo empieza su propia cadena de registros. Aquí tienes un plan de migración paso a paso para hacerlo sin sobresaltos.
Actualización del 6 de octubre de 2026: Hacienda anunció el 5 de octubre que aplazará Verifactu hasta octubre de 2028. Aún no está en el BOE: hasta entonces siguen vigentes las fechas de 2027. Qué se sabe y qué cambia para ti: Verifactu aplazado a 2028.
Metodología y transparencia: este plan se basa en el Reglamento de facturación (RD 1619/2012), el reglamento de sistemas de facturación (RD 1007/2023) y las preguntas frecuentes de la AEAT, consultados el 9 de octubre de 2026. No hemos migrado datos entre programas ni comprobado las funciones de exportación o importación de ningún fabricante: lo que cada programa permite exportar o importar debes confirmarlo en su documentación. No tenemos enlaces de afiliado.
Respuesta rápida: antes de cancelar el programa antiguo, descarga todas tus facturas en PDF y los listados en un formato abierto (CSV o Excel) y guárdalos fuera del programa. Elige una fecha de corte (lo más cómodo es el inicio de un trimestre), emite la última factura en el programa viejo y la siguiente en el nuevo continuando el número o abriendo una serie nueva claramente identificada. Lleva clientes y productos al nuevo, no hace falta reimportar las facturas emitidas. Y con Verifactu, cada programa tiene su propia cadena de registros: el nuevo empieza una cadena nueva y no tienes que «continuar» la del antiguo.
Lo que no puedes perder: obligaciones que siguen tras el cambio
- Numeración correlativa. El Reglamento de facturación (RD 1619/2012), en su artículo 6, exige que las facturas lleven un número y, en su caso, una serie, correlativos. Puedes usar varias series cuando haya motivos que lo justifiquen, y algunas, como las rectificativas, deben ir en serie propia. Cambiar de programa no te obliga a reiniciar nada, pero tampoco te permite dejar huecos ni repetir números.
- Conservación. El artículo 19 del mismo reglamento obliga a conservar las facturas emitidas y recibidas durante los plazos de la Ley General Tributaria (el plazo de prescripción es, con carácter general, de cuatro años, y la normativa mercantil exige conservar la documentación contable seis años). Si cancelas el programa viejo sin descargar nada, el problema es tuyo, no del fabricante.
- Datos de cada factura. Lo que debe figurar en una factura no cambia con el programa: lo repasamos en datos obligatorios de una factura.
Plan de migración en 8 pasos
| Paso | Qué hacer | Por qué |
|---|---|---|
| 1. Elige destino con calma | Compara precio, límites de facturas y si el programa cubre lo que usas hoy (tickets, impuestos, stock, varios usuarios) | Evitas una segunda migración. Te ayudan el recomendador en 6 preguntas y la comparativa de programas con Verifactu |
| 2. Inventaria qué tienes | Apunta series en uso, último número de cada una, clientes, productos, plantillas, facturas recurrentes y presupuestos abiertos | Es tu lista de comprobación para el día del corte |
| 3. Exporta todo antes de cancelar | Facturas emitidas en PDF, listados de facturas, clientes y productos en CSV o Excel, y libros registro si el programa los genera | Cumples la obligación de conservación sin depender del fabricante |
| 4. Prepara el programa nuevo | Configura tus datos fiscales, logo, IVA, retención de IRPF y las series; importa clientes y productos si el programa lo permite | El día del corte solo tienes que facturar |
| 5. Fija la fecha de corte | Mejor al empezar un trimestre o un año, y nunca a mitad de una factura recurrente | Cada declaración trimestral sale de un solo programa |
| 6. Decide la numeración | Continúa la serie (si la última fue la 2026-118, la primera del nuevo es la 2026-119) o abre una serie nueva con otro prefijo | Mantienes la correlatividad sin huecos ni duplicados |
| 7. Primera factura y revisión | Emite la primera factura en el nuevo y comprueba número, fecha, impuestos y, si aplica, el código QR | Detectas errores de configuración en la primera, no en la décima |
| 8. Cierra el antiguo con orden | Deja de emitir en él, conserva las descargas y no canceles la cuenta hasta presentar las declaraciones del periodo | Puedes consultar o rectificar facturas antiguas si hace falta |
¿Continúo la numeración o abro una serie nueva?
Las dos opciones son válidas si las aplicas con orden:
- Continuar la serie es lo más claro para tus clientes y para tu asesor: la numeración sigue sin saltos, solo que la emite otro programa. Asegúrate de que el programa nuevo te deja fijar el número inicial.
- Abrir una serie nueva (por ejemplo, pasar de «2026-» a «B2026-») evita cualquier riesgo de duplicar números entre programas. Anota en tu documentación qué serie corresponde a cada programa y desde qué fecha.
Lo que debes evitar es emitir facturas de la misma serie en los dos programas a la vez, porque es la forma más fácil de acabar con dos facturas con el mismo número. Si necesitas una rectificativa de una factura antigua, emítela en serie de rectificativas; puedes hacerlo en el programa nuevo, haciendo referencia a la factura original. Cómo hacer una factura desde cero, en cómo hacer una factura como autónomo.
Qué cambia con Verifactu al cambiar de programa
Con el reglamento de sistemas de facturación (RD 1007/2023), cada programa genera un registro de facturación por factura y los encadena con una huella. Según las preguntas frecuentes de la AEAT sobre trazabilidad, debe existir una cadena por cada sistema informático y cada obligado tributario. En la práctica:
- El programa nuevo empieza su propia cadena; no tienes que importar ni «continuar» los registros del antiguo.
- Los registros que generó el programa antiguo no se alteran. Si estaba en modalidad VERI*FACTU, ya se enviaron a la AEAT. Si estaba en modalidad No Verifactu, los registros se guardan en el propio sistema: pregunta al fabricante cómo conservarlos o exportarlos antes de dar de baja la cuenta.
- La AEAT advierte que usar dos programas a la vez en modalidades distintas es posible pero no es la opción preferible, porque deja listados incompletos en su sede. Otro motivo para fijar una fecha de corte limpia.
- Pide al nuevo fabricante su declaración responsable de la versión que vas a usar. Cómo comprobarlo, en cómo saber si tu programa cumple Verifactu.
Sobre las fechas: el Real Decreto-ley 15/2025 fijó la obligación para el 1 de enero de 2027 (contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades) y el 1 de julio de 2027 (resto, incluidos los autónomos). El Gobierno ha anunciado un nuevo aplazamiento a 2028 que aún no está en el BOE; lo seguimos en Verifactu aplazado a 2028. Cambiar de programa antes de la fecha que te toque te da margen para resolver problemas sin prisa.
¿Y la factura electrónica B2B?
La obligación de factura electrónica entre empresas nace de la Ley 18/2022 (Crea y Crece) y su desarrollo en el RD 238/2026. Si vas a cambiar de programa, aprovecha para preguntar al nuevo cómo piensa cumplirla. Qué te toca y cuándo, en factura electrónica para autónomos.
Checklist del día del corte
- Descargas del programa antiguo guardadas en dos sitios (ordenador y nube).
- Último número emitido de cada serie anotado.
- Programa nuevo configurado: datos fiscales, IVA, IRPF, series y número inicial.
- Clientes y productos importados o dados de alta.
- Facturas recurrentes dadas de baja en el antiguo y creadas en el nuevo.
- Tu asesor avisado de la fecha de corte y de las series.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que importar mis facturas antiguas al programa nuevo?
No es obligatorio. Lo que debes es conservarlas durante los plazos legales; puedes hacerlo con las descargas del programa antiguo. Importarlas solo tiene sentido si quieres informes históricos en un solo sitio y el programa nuevo lo permite.
¿Puedo empezar la numeración desde 1 en el programa nuevo?
Solo con una serie nueva y distinta de la anterior; si reinicias la misma serie, duplicarías números. Muchos negocios aprovechan el cambio de año para abrir una serie por año. Reglas de series y errores típicos: numeración y series de facturas.
¿Puedo cambiar de programa a mitad de trimestre?
Sí, pero tendrás que sumar datos de dos programas para las declaraciones de ese trimestre. Si puedes elegir, corta al empezar el trimestre.
Vengo de Holded, ¿qué alternativa elijo?
Depende de los módulos que uses. Lo comparamos, con precios oficiales, en alternativas a Holded más baratas.
Registro de cambios
| Fecha | Cambio |
|---|---|
| 09/10/2026 | Publicación con fuentes oficiales (BOE y AEAT) consultadas ese día. |
Fuentes
- Real Decreto 1619/2012, Reglamento de facturación (BOE)
- Real Decreto 1007/2023, sistemas informáticos de facturación (BOE)
- Real Decreto-ley 15/2025 (BOE)
- AEAT: preguntas frecuentes sobre trazabilidad de los SIF (9/10/2026)
- AEAT: preguntas frecuentes sobre capacidad de remisión y varios SIF (9/10/2026)
- Ley 18/2022, de creación y crecimiento de empresas (BOE)
- Real Decreto 238/2026 (BOE)
Aviso: contenido informativo que no constituye asesoramiento fiscal ni jurídico. Revisado el 9 de octubre de 2026 con fuentes oficiales (AEAT y BOE). La normativa puede cambiar: consulta a un asesor fiscal para tu caso concreto. Más información en nuestra metodología editorial.