Publicado el 5/10/2026 · Actualizado el 22/10/2026
El reglamento que todos llaman Verifactu admite dos formas de cumplirlo: que tu programa envíe cada registro de facturación a la Agencia Tributaria en el momento (modalidad VERI*FACTU) o que lo guarde él mismo con medidas de seguridad extra (la modalidad que la normativa llama «sistema de emisión de facturas no verificables» y que los programas suelen etiquetar como «No Verifactu»). Las dos son legales. Aquí tienes cómo funciona cada una, qué le exige a tu programa y cuatro ejemplos para ver cuál te encaja.
Actualización del 6 de octubre de 2026: Hacienda anunció el 5 de octubre que aplazará Verifactu hasta octubre de 2028. Aún no está en el BOE: hasta entonces siguen vigentes las fechas de 2027. Qué se sabe y qué cambia para ti: Verifactu aplazado a 2028.
Respuesta rápida: en VERI*FACTU el programa remite automáticamente a la AEAT cada registro de las facturas que emites; a cambio, no tiene que firmar los registros ni llevar registro de eventos, y tú te olvidas de conservarlos. En «No Verifactu» no se envía nada en el momento: el programa guarda los registros firmados electrónicamente, con un registro de eventos y la hora exacta, y tú debes conservarlos y entregarlos si la AEAT te los pide. En ambas la factura lleva código QR, pero solo en VERI*FACTU aparece la frase «VERI*FACTU». Si te pasas a VERI*FACTU, te quedas en esa modalidad al menos hasta el 31 de diciembre de ese año.
Qué es cada modalidad, en una frase
La AEAT lo resume así en sus preguntas frecuentes: la diferencia clave es que los sistemas VERI*FACTU remiten en línea a la Agencia Tributaria todos los registros de facturación de las facturas que expiden, mientras que un sistema de facturas no verificables no los remite, sino que los almacena y debe garantizar su integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad durante todo el plazo de prescripción.
Lo que no cambia entre modalidades: en las dos tu programa genera un registro de facturación por cada factura (y por cada anulación), encadena cada registro con el anterior mediante una huella o hash, imprime un código QR en la factura y tiene que estar cubierto por la declaración responsable de su fabricante. Si quieres ver el detalle técnico de la huella, lo explicamos en la guía de la API de Verifactu. Y cómo corregir una factura sin romper esa cadena: facturas rectificativas con Verifactu.
El flujo de cada modalidad
Modalidad VERI*FACTU
- Emites la factura en tu programa.
- El programa genera el registro de alta con su huella encadenada.
- Lo envía a la AEAT de forma automática e inmediata.
- La factura sale con el QR y la frase «VERI*FACTU» o «Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT».
- Tu cliente escanea el QR y la AEAT le responde si consta una factura con esos datos («Factura encontrada» o «Factura no encontrada»).
Modalidad «No Verifactu» (no verificable)
- Emites la factura en tu programa.
- El programa genera el registro con su huella encadenada y lo firma electrónicamente.
- Lo guarda en tu sistema, junto con un registro de eventos (al menos un resumen cada 6 horas de funcionamiento).
- La factura sale con el QR, sin la frase «VERI*FACTU».
- Si tu cliente escanea el QR, la AEAT le responde «Factura no verificable» y se queda con esos datos para posibles comprobaciones. Si la AEAT te requiere los registros, se los envías desde el programa.
Qué le exige cada modalidad a tu programa
| Requisito | VERI*FACTU | «No Verifactu» |
|---|---|---|
| Registro de facturación por cada factura y anulación | Sí | Sí |
| Huella (hash) encadenada | Sí | Sí |
| Código QR en la factura | Sí, con la frase «VERI*FACTU» | Sí, sin la frase |
| Envío automático a la AEAT | Sí, de cada registro y en el momento | No; solo si te lo requieren |
| Firma electrónica de los registros (XAdES) | No es obligatoria | Obligatoria |
| Registro de eventos | No | Sí (inicio y fin de la modalidad, detección de anomalías, exportaciones, restauración de copias y un resumen cada 6 horas) |
| Reloj exacto (margen máximo de un minuto) | La AEAT indica que no tienes que asegurarlo | Sí, tienes que asegurarlo |
| Conservar los registros durante la prescripción | No; ya los tiene la AEAT | Sí, accesibles y legibles |
| Exportar registros y comprobar su integridad | No es necesario | Sí |
Fuentes: preguntas frecuentes de la AEAT sobre sistemas VERI*FACTU (actualizadas a 21 de julio de 2026) y artículos 9, 13 y 14 de la Orden HAC/1177/2024. El plazo general de prescripción es de cuatro años (artículo 66 de la Ley General Tributaria).
Ojo con dos cosas que se confunden a menudo. Primero, ningún programa puede ofrecer solo la modalidad no verificable: la AEAT indica que el reglamento exige a todos tener capacidad de remisión, así que un programa puede ser «solo VERI*FACTU» o «dual», pero nunca «solo No Verifactu». Segundo, usar VERI*FACTU no te libra del libro registro de facturas emitidas ni de modelos como el 347 o el 349: son obligaciones distintas, aunque la AEAT prevé ayudas para rellenarlos con lo que ya le ha llegado.
Cómo saber en qué modalidad funciona tu programa
- Mira bajo el QR de una factura. Si pone «VERI*FACTU» o «Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT», está en modalidad VERI*FACTU.
- Mira la dirección del QR. En VERI*FACTU apunta al servicio
ValidarQRde la AEAT; en la modalidad no verificable, aValidarQRNoVerifactu. Puedes revisarla con nuestro comprobador de QR. - Revisa la declaración responsable del programa: indica si es «exclusivamente VERI*FACTU» o si admite las dos, y en este caso qué tipo de firma usa para la modalidad no verificable. Lo explicamos en las 7 comprobaciones para saber si tu programa cumple.
- Pregunta al fabricante si en los ajustes no queda claro. Es un dato que deberían poder darte por escrito.
Cuatro ejemplos
Los casos y las cifras de esta sección son ejemplos ficticios para ilustrar cómo funciona cada modalidad.
Ejemplo 1: autónoma con un programa en la nube (VERI*FACTU)
Lucía es diseñadora, tributa en IRPF y emite unas diez facturas al mes con un programa en la nube que trabaja en modalidad VERI*FACTU. El 15 de julio de 2027 emite la factura 2027-031 por 1.210 € (1.000 € de base más 21 % de IVA, sin retención para simplificar). Al guardarla, el programa genera el registro, lo envía a la AEAT y la factura sale con el QR y la frase «VERI*FACTU». Su cliente escanea el QR y la sede de la AEAT le confirma que consta. Lucía no tiene que guardar registros ni vigilar el reloj del ordenador; sí sigue conservando sus facturas y llevando sus libros como hasta ahora.
Ejemplo 2: tienda con un programa de escritorio en modalidad «No Verifactu»
Una tienda factura con un programa instalado en un ordenador del local que admite las dos modalidades, y su gestor prefiere de momento no enviar los registros en tiempo real. En modalidad no verificable, cada ticket o factura genera un registro firmado electrónicamente que se guarda en el sistema; el programa anota los eventos (por ejemplo, cuando se exportan registros o se restaura una copia de seguridad) y genera un resumen de eventos al menos cada 6 horas de funcionamiento. La tienda tiene que asegurarse de que la hora del equipo es exacta y de conservar esos registros, con copias, durante el plazo de prescripción. Si la AEAT se los requiere, los remite desde el programa.
Si en esta tienda lo que preocupa es que se caiga internet, conviene saber que en VERI*FACTU no hay que dejar de facturar por un corte de conexión: según la AEAT, el programa reintenta el envío más tarde marcando la incidencia. Lo vemos para comercios en Verifactu en bares, restaurantes y tiendas con TPV.
Ejemplo 3: empresa con dos locales y dos sistemas distintos
Una sociedad tiene dos tiendas con cajas que no están conectadas entre sí. La AEAT admite que cada sistema funcione en una modalidad distinta: una caja en VERI*FACTU y la otra como no verificable. Lo que no se puede es que un mismo sistema mezcle operaciones de las dos modalidades. Y hay una pega: parte de las ventajas de VERI*FACTU (como la descarga de registros o recibir menos requerimientos) solo se aplica si todas tus operaciones están en esa modalidad.
Ejemplo 4: cambiar de modalidad a mitad de año
Un autónomo empieza a usar su programa en modalidad no verificable y en octubre de 2027 decide pasarse a VERI*FACTU. Puede hacerlo cuando quiera, sin presentar el modelo 036: basta con que el programa empiece a enviar los registros de forma sistemática. Desde ese primer envío, debe seguir en VERI*FACTU al menos hasta el 31 de diciembre de 2027. Si después quisiera volver a la modalidad no verificable, solo podría hacerlo a partir del año natural siguiente.
¿Cuál te conviene?
- VERI*FACTU suele ser lo más sencillo si facturas desde un programa en la nube o con buena conexión, no quieres ocuparte de conservar registros y te viene bien que tus clientes puedan verificar tus facturas. La propia AEAT la presenta como la opción con menos requisitos. La aplicación gratuita de la AEAT también funciona en esta modalidad.
- «No Verifactu» puede tener sentido si tu programa es de escritorio, tu asesor prefiere que los datos no salgan en tiempo real o tienes sistemas propios que ya gestionan firma y conservación. A cambio, asumes tú la custodia de los registros y te toca confirmar que tu programa cumple todo lo de la tabla.
Sea cual sea tu elección, las fechas para adaptarte son las mismas: según el Real Decreto-ley 15/2025, el 1 de enero de 2027 para quienes tributan en el Impuesto sobre Sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto, incluidos los autónomos. Tienes el detalle en fechas de Verifactu y en las guías para autónomos y sociedades. Si estás en el SII, ninguna de las dos modalidades te aplica: mira quién está exento.
Preguntas frecuentes
¿La modalidad «No Verifactu» es legal?
Sí. El reglamento (RD 1007/2023) admite las dos modalidades. La no verificable no es una forma de saltarse Verifactu, sino otra forma de cumplirlo, con más requisitos de seguridad y conservación.
¿Tengo que comunicar a Hacienda qué modalidad uso?
No. La AEAT indica que no hay que comunicarlo en el modelo 036: la opción por VERI*FACTU se entiende hecha al empezar a enviar los registros de forma sistemática.
¿Con «No Verifactu» la factura lleva QR?
Sí. Todas las facturas emitidas con un sistema sujeto llevan QR, en cualquier modalidad. Lo que cambia es que no lleva la frase «VERI*FACTU» y que, al escanearlo, la respuesta es «Factura no verificable». Más detalles en el código QR de Verifactu.
¿Puedo pasar de VERI*FACTU a «No Verifactu»?
No dentro del mismo año: una vez que empiezas a enviar, tienes que seguir en VERI*FACTU al menos hasta el fin del año natural. En sentido contrario, de no verificable a VERI*FACTU, puedes cambiar en cualquier momento.
¿En VERI*FACTU tengo que firmar electrónicamente las facturas?
No hace falta firmar los registros de facturación: la AEAT señala que es precisamente una de las ventajas de esta modalidad. Sí necesitas un certificado electrónico para que el programa se identifique al enviar los registros (el tuyo o el de un representante, como tu gestoría).
Registro de cambios
| Fecha | Cambio |
|---|---|
| 05/10/2026 | Publicación, con las preguntas frecuentes de la AEAT sobre sistemas VERI*FACTU (actualizadas a 21 de julio de 2026) y la Orden HAC/1177/2024. |
Fuentes
- AEAT: preguntas frecuentes sobre sistemas VERI*FACTU (diferencias entre modalidades, cambio de modalidad, ventajas, incidencias)
- AEAT: código QR y frase «VERI*FACTU»
- Real Decreto 1007/2023 (BOE), artículos 7, 8, 15 y 16
- Orden HAC/1177/2024 (BOE), artículos 9 (registro de eventos), 13 (huella) y 14 (firma)
- Real Decreto-ley 15/2025 (BOE), fechas de 2027
- Ley 58/2003, General Tributaria (BOE), artículo 66 (prescripción)
Aviso: contenido informativo que no constituye asesoramiento fiscal ni jurídico. Revisado el 5 de octubre de 2026 con fuentes oficiales (AEAT y BOE). La normativa puede cambiar: consulta a un asesor fiscal para tu caso concreto. Más información en nuestra metodología editorial.